Plan de Previsión Seguros l Características l Proyecto
Deposite su futuro en nuestras manos
Nuestro Plan de Previsión Asegurado Liberty le ofrece un tipo de interés mínimo garantizado durante toda la vida de la póliza que no podrá ser inferior al menor entre el 2,5% y el establecido por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en cada momento.
El cliente conoce semestralmente y por anticipado el interés aplicado a su inversión durante el semestre siguiente, tanto para las nuevas aportaciones como para el capital constituido.
Este plan de previsión le permitirá ahorrar pensando en su futuro y le servirá de complemento a su pensión de jubilación.
Disfrutará de un plan de ahorro garantizado con unas ventajosas desgravaciones fiscales.
•Jubilación:
Pago del capital constituido en el momento en el que el tomador alcance la edad de jubilación, formado por las aportaciones realizadas y los rendimientos que vayan generando.
•Fallecimiento:
Pago del importe del fondo acumulado en la póliza, en el momento de ocurrencia del siniestro, más un 10% del valor de dicho fondo como capital adicional de fallecimiento garantizado, con límites mínimo y máximo en función de la edad del asegurado.
•Invalidez:
Pago de un capital equivalente al fondo acumulado hasta el momento en que le sea reconocida la invalidez absoluta o profesional.
La disponibilidad anticipada del fondo acumulado se limita a los casos siguientes:
•Desempleo de larga duración, entendiendo como tal la situación legal de desempleo del asegurado durante un periodo continuado de al menos 12 meses.
•Enfermedad grave acreditada mediante certificado médico que durante un periodo mínimo y continuado de 3 meses incapacite para la ocupación o actividad habitual.
PPA ÚNICO pulse para ir a su página específica
•Aportación inicial mínima: 3.000 €.
•Se podrán realizar aportaciones extraordinarias en cualquier momento en forma de primas únicas, siendo la cuantía mínima de 600 €.
PPA PERIóDICO pulse para ir a su página específica
•Aportación inicial mínima: 720 €.
•Se podrán realizar aportaciones extraordinarias en cualquier momento en forma de primas únicas, siendo la cuantía mínima de 600 €.
•Aportación mínima por recibo: 60 €
•Primas constantes o crecientes y posibilidad de cambiar o suspender el pago de primas.
•Fraccionamiento de las aportaciones: anual, semestral, trimestral o mensual.