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¿QUÉ SON LOS PPA?
Los Planes de Previsión Asegurados son un instrumento de ahorro de carácter privado cuyo objetivo es complementar las prestaciones de la Seguridad Social. Se trata de un seguro de vida ahorro cuyas prestaciones se reciben en el momento de la jubilación, con una rentabilidad asegurada y con idénticas ventajas fiscales que los planes de pensiones individuales.
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LOS PPA
Los PPA tienen carácter de seguro, lo que obliga a las entidades a garantizar un tipo de interés mínimo hasta su vencimiento. Además, los PPA podrán ofrecer revalorizaciones adicionales vinculadas a la propia gestión del patrimonio del seguro y a los resultados de la compañía.
El tomador (quien contrata el seguro), deberá ser también el asegurado (la persona expuesta a los riesgos cubiertos) y el beneficiario (quien percibirá la prestación contemplada en el seguro).
Los PPA tendrán como cobertura principal la jubilación, pero podrán cubrir adicionalmente las contingencias de invalidez y fallecimiento.
Son productos que no tienen liquidez hasta la jubilación pero existen una serie de supuestos en los que se puede disponer anticipadamente del dinero: Concretamente éstos son:
- Enfermedad grave. Se entiende como tal, cualquier dolencia o lesión que incapacite temporalmente para la ocupación durante un periodo continuado de, al menos, 3 meses.
- Desempleo de larga duración, considerado como el que se produce durante un periodo continuado de, al menos, 12 meses.
Existe la posibilidad de traspasar el capital acumulado de un PPA a otro PPA. Aunque no se podrá pasar de un Plan de Pensiones Individual a un PPA o viceversa.
Con periodicidad, al menos trimestral, el tomador del seguro deberá recibir información sobre el valor de los derechos de los que es titular (provisión matemática), y de su valor de mercado.
Gozan de la misma fiscalidad que los Planes de, Pensiones Individuales tanto en el trato de las primas aportadas como en el de las prestaciones recibidas.
VENTAJAS FISCALES EN LOS PPA
Las primas pagadas a un Plan de Previsión Asegurado reducen la Base imponible del IRPF por el importe de las mismas sin importar la fuente de ingresos del Tomador.
La cuantía máxima de prima a pagar a un Plan de Previsión Asegurado es de 8.000 €, para tomadores cuya edad no exceda de 52 años. Para tomadores de más de 52 años las primas máximas son las siguientes:
53 años |
9.250£ |
59 años |
16.750 € |
54 años |
10.500 € |
60 años |
18.000 € |
55 años |
11.750 € |
61años |
19.250 € |
56 años |
13.000 € |
62 años |
20.500 € |
57 años |
14.250 € |
63 años |
21.750 € |
58 años |
15.500 € |
64años |
23.000 € |
65 o más años: 24.250 € |
|||
El límite máximo de pago de prima a un Plan de Previsión Asegurado para tomadores minusválidos en un grado igual o superior al 65% será de 24.250 €. Además, el límite de prima a favor de una persona minusválida será de 8.000 € anuales.
Las primas pagadas a un Plan de Previsión Asegurado reducen la Base Imponible del IRPF con el límite de 8.000 € anuales para tomadores con edad de 52 o menos años o las cantidades de la tabla anterior para edades superiores.
Además existen otros casos especiales en los que se puede reducir la Base Imponible del IRPF:
- Tomadores con un grado de minusvalía igual o superior al 65%; el límite es de 24.250 € anuales. Además, el límite de reducción para las primas que se paguen a favor de personas minusválidas es de 8.000 € anuales.
- En caso de pago de primas a favor del cónyuge, cuando éste no obtenga rentas superiores a 8.000 € anuales, el límite de reducción será de 2.000 € anuales.
Los rendimientos que vaya generando el Plan de Previsión Asegurado, no están sujetos a tributación hasta que el tomador comience a percibir la prestación.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO UN PPA?
A personas que deseen contratar un producto que complemente su jubilación.
A clientes con un perfil de riesgo conservador, que buscan un producto que les garantice un interés mínimo y que les dé ventajas fiscales.
FISCALIDAD DE LAS APORTACIONES A UN PPA
Hay que recordar que todas las primas aportadas a un PPA reducirán la base imponible del IRPF (opción que antes no existía para ningún otro seguro de vida). Por tanto, habrá que sumar, las primas satisfechas a su PPA (24.250 € máximo), las que realice en favor de su cónyuge con rentas inferiores a 8.000 € (2.000 € máximo), y las pagadas a personas minusválidas (con un máximo de 8.000 €).
Este ahorro de impuestos se obtendrá por el conjunto de primas aportadas al PPA, tanto para la cobertura de jubilación, como por las de fallecimiento e invalidez.
Los límites de reducción son conjuntos para PPA, Planes de Pensiones Individuales y Mutualidades de Previsión Social.
Tipo |
Primas aportadas a un PPA |
|||
300 |
600 |
900 |
1.200 |
|
Ahorro de impuestos en el IRPF (€) |
||||
15 |
45 |
90 |
135 |
180 |
24 |
72 |
144 |
216 |
288 |
28 |
84 |
168 |
252 |
336 |
37 |
111 |
222 |
333 |
444 |
45 |
135 |
270 |
405 |
540 |
Así, en función de los ingresos que tengamos y de las primas que aportemos a un PPA, se pueden conseguir importantes ahorros fiscales:
Base imponible I.R.P.F |
Reducción de Base |
Ahorro de |
% de Ahorro |
18.000 |
8.000 |
1.920 |
24 |
30.000 |
8.000 |
2.240 |
28 |
42.000 |
8.000 |
2.960 |
37 |
54.000 |
8.000 |
3.216 |
40,2 |
78.000 |
8.000 |
3.600 |
45 |
Las primas que cada año son aportadas a un PPA, además de permitirnos pagar menos impuestos, nos ayudan a mantener nuestro nivel de vida futuro.
FISCALIDAD DE LAS PRESTACIONES DE UN PPA
Al igual que en los Planes de Pensiones, la percepción de las prestaciones de los PPA tienen la consideración fiscal de Rendimientos del Trabajo Personal:
∎ Si se percibe en forma de renta se integrará completamente en la Base imponible la anualidad percibida.
∎ Si la prestación se percibe en forma de capital se reducirá en un 40% siempre que hayan transcurrido más de dos años desde la primera aportación.
En ambos casos, puesto que se trata de Rendimientos del Trabajo Personal, será de aplicación la reducción legal correspondiente (desde los 2.400 € hasta 3.500 €)
Tipo |
Prestaciones en forma de capital (€) |
|||
1.500 |
6.000 |
12.000 |
30.000 |
|
Ahorro de impuestos en el IRPF (€) |
||||
15 |
90 |
360 |
720 |
1.800 |
24 |
144 |
576 |
1.152 |
2.880 |
28 |
168 |
672 |
1.344 |
3.360 |
37 |
222 |
888 |
1.776 |
4.440 |
45 |
270 |
1.080 |
2.160 |
5.400 |
COBERTURA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Edad actual |
Si su salario bruto actual es de... (€) |
|||
30.000 |
45.000 |
60.000 |
||
% cubierto pensión de Seguridad Social (**) |
||||
30 |
86,9 % |
57,9 % |
43,4 % |
|
40 |
89,1 % |
59,4 % |
44,6 % |
|
50 |
91,3 % |
60,9 % |
45,7 % |
|
60 |
93,6 % |
62,4 % |
46,8 % |
|
Hipótesis: Inflación y crecimiento estimado de ingresos del 2,50%; 35 años cotizando a la Seguridad Social.
(**) Estos % representan la parte de su salario estimado a los 65 años que le cubre la pensión de la Seguridad Social